sustantivo masculino ( m.) Terreno plantado de vides.
viñedo en el Derecho Usual
Viña; terreno plantado de vides, de manera exclusiva o en abundancia, aun combinadas con otros cultivos, como suele hacerse.
Con multa hasta de 50 pesetas castiga el Cód. Pen.
esp. al que, con cualquier motivo o pretexto atraviese plantíos, sembrados, olivares o viñedos (art. 589, no 2<>). Si se incurre en violencia contra personas o fuerza en las cosas, la pena se duplicará.