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ARTICULO 2335 Objeto del C.C.C. Comentado Infojus Argentina

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ARTICULO 2335.- Objeto. El proceso sucesorio tiene por objeto identificar a los sucesores, determinar el contenido de la herencia, cobrar los créditos, pagar las deudas, legados y cargas, rendir cuentas y entregar los bienes.

Fuentes y antecedentes: art. 2284 del Proyecto de 1998.

Introduccion COMENTADA al Art. 2335 (con doctrina)


2. Interpretación
El art. 2335 CCyC establece detalladamente el objeto o designio de la dinámica del proceso de transmisión por causa de muerte.
El proceso sucesorio tiene como fin identificar a los sucesores, determinar el contenido de la herencia, cobrar los créditos, pagar las deudas, legados y cargas, rendir cuentas y entregar los bienes.
Este catálogo de los fines del proceso sucesorio no estaba contemplado en el CC, resultando destacable la correcta técnica incorporada a modo de introducción clarificadora del abordaje del instituto.
Queda así­ delimitado el objeto, y entonces, el proceso sucesorio no debe ser considerado como un espacio de gran concentración de pleitos y procesos tendientes a dilucidar toda controversia en que el causante o sus herederos aparezcan involucrados, ya que se resolverán solo las que resulten pertinentes. Otras cuestiones que excedan de esas finalidades primordiales "”como las controversias relativas a la reforma o nulidad de la partición, la reclamación de los herederos o terceros sobre inclusión o exclusión de bienes en el inventario"” no corresponden al marco del proceso sucesorio propiamente dicho y generan pretensiones que deben hacerse valer en forma independiente, aunque sean conexas al proceso sucesorio.
En ese contexto la norma analizada compendia en un texto concreto las finalidades primordiales del proceso sucesorio, como instrumento que posibilita la efectivización de la transmisión de derechos por causa de muerte y que resulta excluyente de todo planteo que exceda dicho objetivo cardinal.

Introduccion COMENTADA al Art. 2335 (con doctrina)

Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 2332 ] [ Art. 2333 ] [ Art. 2334 ] 2335 [ Art. 2336 ] [ Art. 2337 ] [ Art. 2338 ]
¿Qué artículos del Código de Velez se CORRELACIONAN con El ARTICULO 2335 del C.CyC?

Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO QUINTO- TRANSMISION DE DERECHOS POR CAUSA DE MUERTE>>
TITULO VII- Proceso sucesorio >>
CAPITULO 1 - Disposiciones generales >

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