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ARTICULO 11 Abuso de posición dominante del C.C.C. Comentado Infojus Argentina

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ARTICULO 11.-Abuso de posición dominante Lo dispuesto en los artí­culos 9°y 10 se aplica cuando se abuse de una posición dominante en el mercado, sin perjuicio de las disposiciones especí­ficas contempladas en leyes especiales.

1. introducción

1.1. El abuso de posición dominante como supuesto especí­fico del ejercicio abusivo del derecho El enunciado del artí­culo establece una aplicación especí­fica para las relaciones de mercado, del principio general que veda el ejercicio abusivo del derecho, enunciado en el art. 10. Sigue en esto al Proyecto de 1998 que, en su art. 397, contení­a un enunciado similar.
De acuerdo a lo expresado en los Fundamentos del Anteproyecto con los que la Comisión redactora acompañó el proyecto requerido por el Poder Ejecutivo, el ejercicio abusivo aquí­ previsto es el referido a la posición en el mercado y no a todo supuesto de posición dominante en las relaciones humanas. Como se señaló allí­, el principio pro- tectorio parte del presupuesto de la existencia de alguna forma de dominación de uno por otro, pero las reglas por las que se aplica reconocen basamentos diversos según el tipo de relación jurí­dica de la que se trate, pues mientras en algunos casos opera con asiento en el principio de la buena fe, en otros su fundamento es el abuso de derecho; por lo que se procuró evitar colocar a la posición dominante como un supuesto que pudiera absorber esa diversidad de criterios de aplicación, desarrollados por la doctrina y la jurisprudencia.

Interpretacion COMENTADA al Art. 11 (con jurisprudencia)

Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 8 ] [ Art. 9 ] [ Art. 10 ] 11 [ Art. 12 ] [ Art. 13 ] [ Art. 14 ]
¿Qué artículos del Código de Velez se CORRELACIONAN con El ARTICULO 11 del C.CyC?

Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
- ANEXO 1>>
TITULO PRELIMINAR- >>
CAPITULO 3 - Ejercicio de los derechos >

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