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ARTICULO 2012 Exclusión de las presunciones del C.C.C. Comentado Argentina

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ARTICULO 2012.-Exclusión de las presunciones. Las presunciones de los artí­culos anteriores no se aplican cuando el muro separa patios, huertos y jardines de un edificio o a éstos entre sí­.

Ver articulos: [ Art. 2009 ] [ Art. 2010 ] [ Art. 2011 ] 2012 [ Art. 2013 ] [ Art. 2014 ] [ Art. 2015 ]
¿Qué artículos del Código de Velez se CORRELACIONAN con El ARTICULO 2012 del C.CyC?

Codigo Civil y Comercial Argentina >>
LIBRO CUARTO- DERECHOS REALES>>
TITULO IV- Condominio >>
CAPITULO 5 - Condominio con indivisión forzosa perdurable >
SECCION 2ª- Condominio sobre muros, cercos y fosos >>


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