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ARTICULO 729 Buena fe del C.C.C. Comentado Argentina

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ARTICULO 729.-Buena fe. Deudor y acreedor deben obrar con cuidado, previsión y según las exigencias de la buena fe.



I. Relación con el Código Civil. Fuentes del nuevo texto

El Código Civil tiene, en el art. 1198 primera parte, norma que fuera incorporada en la reforma de 1968 por la ley 17.711, al principio de la buena para la celebración, interpretación y ejecución de los contratos (1).

Si bien en numerosas normas el Codificador hace referencia a la " buena fe" , no hay norma genérica que alude ni la imponga como regla de conducta.

Fuente: Art. 1175 del " Codice civile" italiano de 1942.



II. Comentario

1. Concepto de buena fe Como bien señala Emilio Betti, el principio de la buena fe es un elemento extrajurí­dico e ingresa para completar todo el complejo normativo que impera en una sociedad determinada (2) .

Se trata de un criterio valorativo que resulta un verdadero concepto y tiene como destino la conciencia ética. En definitiva es la vigencia de la regla moral en el derecho, a lo cual Ripert señalaba como necesario en las miras del legislador en la elaboración de la ley, en las del juez en la aplicación concreta, y en las del jurista en la interpretación (3) .

2. Clases En cuanto a la buena fe que, por otra parte ha dado lugar a numerosa y abundante bibliografí­a, se han distinguido dos aspectos: a) el subjetivo o también llamado de la buena fe " legitimante" ; y b) el objetivo o indicado como de la "buena fe ob causante" (4) .

La primera se la considera como " la conciencia del sujeto de su situación jurí­dica o de la ajena, o de la que deriva de su propio derecho" (5).

En cuanto al aspecto objetivo, se nutre con la manera de apreciar la fidelidad, es decir el comportamiento fiel o legal, la buena conducta y en definitiva el ser confiable (6) .

El artí­culo en comentario refiere a este último concepto ya que se refiere a las relaciones jurí­dicas que vinculan al acreedor con el deudor las que, generalmente y para esta conjunción, emergen del contrato.



III. Jurisprudencia

Una de las derivaciones del principio cardinal de la buena fe es que puede formularse como el derecho de todo ciudadano a la veracidad ajena, y al comportamiento legal y coherente de los otros, sean éstos particulares o el propio Estado (CSJN, Fallos: 312:1725. Id., Fallos: 315: 214).

Notas 1. Diéz Picazo, Luis, Prólogo al libro El principio general de la buena fe de Wieaker , F., cit.

2. Betti, Teorí­a general de las oblig., cit., t. I, p. 70. Alpa, Guido, Manuale de diritto privato , cit., p. 535.

3. Ripert, Georges, La regle morale dans les obligations civiles, Ed. R.G.D.J., 4í¨me. edit., Parí­s, 1949, ps. 5 y ss.

4. Larenz, Der. de oblig. , cit., t. I, p. 142. Romano Santi, " Buona fede" , Enciclopedia del diritto , t. V, p. 687. De Los Mozos, El principio de la buena fe , cit., p. 39.

5. Hernández Gil, Antonio, La posesión, Ed. Espasa Calpe, Madrid, 1987, ps. 160 y ss. Compagnucci de Caso, " El principio de la buena fe." , cit., en Tratado de la buena fe , t. I, p. 177.

Alterini, Jorge H., " La buena fe y los prejuicios ante las adquisiciones a tí­tulo gratuito" , en el mismo libro, t. I, p. 151.

6. Brebbia, Roberto, La responsabilidad precontractual, La Rocca, Bs. As. 1987, p. 91. Compagnucci de Caso, Rubén H., " Interpretación de los contratos" , en el libro Derecho de daños , 5a. parte, R. Echeverri y M. Gagliardo (dirs.), Bs. As., homenaje a los Dres. Zavala Rodrí­guez e Isaac Halperí­n, p. 82. López de Zavalí­a, Fernando, Teorí­a de los contratos. Parte general , t. I, Zavalí­a, Bs. As. 1984, p. 263. Von Tuhr, Andreas, Derecho civil. Teorí­a general del Derecho civil alemán , t. II, Depalma, Bs. As., 1947, trad. Tito Rava, v. I, p. 151.

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