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ARTICULO 435 Causas de disolución del matrimonio del C.C.C. Comentado Argentina

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ARTICULO 435.-Causas de disolución del matrimonio. El matrimonio se disuelve por:

a) muerte de uno de los cónyuges; b) sentencia firme de ausencia con presunción de fallecimiento; c) divorcio declarado judicialmente.



I. RELACIÓN CON EL CÓDIGO CIVIL. FUENTES DEL NUEVO TEXTO

La redacción de esta norma es similar a la del 213 del Código de Vélez.



II. COMENTARIO

La norma mantiene las tres causales previstas en el ordenamiento anterior. En caso de muerte la disolución del ví­nculo se produce de pleno derecho; de igual modo, el ví­nculo se disuelve por esta causal aun cuando se encontraren los cónyuges en proceso de divorcio, el que se extingue por ello.

Producida la muerte de uno de los cónyuges, se actualiza la vocación sucesoria del supérstite. De acuerdo con lo establecido por nuestro ordenamiento sustantivo el cónyuge sobreviviente es llamado a la sucesión de su consorte y tiene reservada una porción legí­tima de su haber sucesorio.

La disolución del matrimonio se produce también la sentencia que declare la ausencia con presunción de fallecimiento, ello implica un cambio en relación al Código de Vélez que establecí­a la disolución con "el matrimonio que contrajere el cónyuge del declarado ausente con presunción fallecimiento". Ahora la sola sentencia de ausencia con presunción de fallecimiento extingue el ví­nculo.

Por último el divorcio extingue el ví­nculo matrimonial, y permite a ambos ex cónyuges recuperar la aptitud nupcial.

SECCIÓN 2a PROCESO DE DIVORCIO Bibliografí­a de la reforma: CÓRDOBA, CARLOS MARÍA , "Análisis del Proyecto en materia de divorcio", RDFyP, julio 2012, p. 66; HOLLWECK, MARIANA, "Divorcio vincular. Interpretación de los arts. 437 y 438 del Proyecto", RDFyP, julio 2012, p. 73; MIZRAHI, MAURICIO LUIS, "Regulación del matrimonio y el divorcio en el Proyecto", LA LEY, 4/7/2012; ROVEDA, EDUARDO G. - SASSO, MARCELA L. - ROBBA, MERCEDES , "El divorcio en el Proyecto de Código Civil y Comercial", RDFyP, julio 2012; SAMBRIZZI, EDUARDO , "La eliminación del doble régimen (separación personal y divorcio) y de las causales de divorcio, y el llamado divorcio Express", RDFyP, julio 2012, ed. esp., Análisis del Proyecto de Código Civil y Comercial de la Nación, La Ley, p. 90; SANTISO, JAVIER , "Reforma al régimen de divorcio", RDFyP, julio 2012, p. 36; SIRKIN, EDUARDO, "El divorcio en el Proyecto de Reformas al Código Civil. Sintaxis del matrimonio y divorcio en la Argentina. Sus implicancias socioculturales a través de las distintas épocas. Responsabilidad de las decisiones del o los cónyuges", elDial.com, 21/6/2012, DC18B6.

Bibliografí­a clásica : BERIZONCE, ROBERTO O., El proceso civil en transformación , Editora Platense, La Plata, 2008;BOSSERT, GUSTAVO A., "La muje r y el derecho de familia", LA LEY, 1993-C, 634; VELOSO, SANDRA F, Las audiencias del Proceso de Familia de la Provincia de Buenos Aires, RDFyP, La Ley, mayo 2012.

Ver articulos: [ Art. 432 ] [ Art. 433 ] [ Art. 434 ] 435 [ Art. 436 ] [ Art. 437 ] [ Art. 438 ]
¿Qué artículos del Código de Velez se CORRELACIONAN con El ARTICULO 435 del C.CyC?

Codigo Civil y Comercial Argentina >>
LIBRO SEGUNDO- RELACIONES DE FAMILIA>>
TITULO I- Matrimonio >>
CAPITULO 8 - Disolución del matrimonio >
SECCION 1ª- Causales >>


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