Codigo Procesal Civil Bs As Comentado   >>  
- Art. 618 : - Las personas que pueden pedir la declaración de demencia se presentarán ante el juez competente exponiendo los hechos y acompañando certificados...
 - Art. 619 : "” Cuando no fuere pasible acompañar dichos certificados, el juez requerirá la opinión de dos médicos forenses, quienes deberán expedirse dent...
 - Art. 620 : - Con los recaudos de los artículos anteriores y previa vista al Ministerio Público, el juez resolverá:
\n1) E1 nombramiento de un curador provi... - Art. 621 : - El denunciante únicamente podrá aportar pruebas que acrediten los hechos que hubiese invocado; y el presunto insano las que hagan a la defensa de...
 - Art. 622 : "” Cuando el presunto insano careciere de bienes o éstos sólo alcanzaren para su subsistencia, circunstancia que se justificará sumariamente, el...
 - Art. 623 : -Cuando la demencia apareciere notoria e indudable, el juez de oficio, adoptará las medidas establecidas en el art. 148 del Cód. Civil, decretará ...
 - Art. 624 : Cuando al tiempo de de formularse la denuncia el presunto insano estuviera internado, el juez deberá tomar conocimiento directo de aquél y adoptar ...
 - Art. 625 : - Los médicos, al informar sobre la enfermedad, deberán expedirse con la mayor precisión posible, sobre los siguientes puntos: 2) Diagnóstico.
\n... - Art. 626 : - Producido el informe
\nde los facultativos y demás pruebas, se dará traslado por cinco días al
\ndenunciante, al presunto insano y al curador ... - Art. 627 : - Antes de pronunciar sentencia, y si las particularidades del caso lo aconsejaren, el juez hará comparecer al presunto insano a su presencia o se t...
 - Art. 628 : - Los gastos causídicos serán a cargo del denunciante si el juez considerase inexcusable el error en que hubiere incurrido al formular la denunci...
 - Art. 629 : "” El declarado demente o el inhabilitado, podrá promover su rehabilitación. El juez designará tres médicos psiquiatras o legistas para que lo ...
 - Art. 630 : En los supuestos de dementes, presuntos o declarados, que deban permanecer internados, el juez, atendiendo a las circunstancias de cada caso, podrá ...
 - Art. 631 : - Las disposiciones del capítulo anterior regirán, en lo pertinente, para la declaración de incapacidad del sordomudo que no sabe darse a entend...
 - Art. 632 : - los
\npreceptos del Capítulo I del presente Título, regirán en lo pertinente, para la declaración de inhabilitación de alcoholistas habitu... - Art. 633 : - La sentencia de inhabilitación, además de los requisitos generales, deberá determinar, cuando las circunstancias del
\ncaso asi lo autoricen, lo... - Art. 634 : - El proceso de declaración de ausencia se ajustará a las disposiciones nacionales que rigen la materia y, en lo aplicable, a las establecidas para...
 
TÍTULO II
 Procesos De Declaración De Incapacidad E Inhabilitación
 Compartir
0Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente 
referencia:
 
Extraido de : https://jojooa.com/codigo-procesal-civil-bs-as-comentado/titulo-ii-procesos-de-declaracion-de-incapacidad-e-inhabilitacion.php¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
 Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
