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ARTICULO 2610 Igualdad de trato del C.C.C. Comentado Infojus Argentina

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ARTICULO 2610.- Igualdad de trato. Los ciudadanos y los residentes permanentes en el extranjero gozan del libre acceso a la jurisdicción para la defensa de sus derechos e intereses, en las mismas condiciones que los ciudadanos y residentes permanentes en la Argentina. Ninguna caución o depósito, cualquiera sea su denominación, puede ser impuesto en razón de la calidad de ciudadano o residente permanente en otro Estado.

La igualdad de trato se aplica a las personas jurí­dicas constituidas, autorizadas o registradas de acuerdo a las leyes de un Estado extranjero.

Fuentes y antecedentes arts 3° y 4° del Protocolo de Cooperación y Asistencia Jurisdiccional en Materia Civil, Comercial, Laboral y Administrativa, Las Leñas; art. 17 de la Convención sobre Procedimiento Civil, La Haya.

1. Introducción

El CC carecí­a de una norma que incluyera una disposición que garantizara el derecho de acceso a la justicia de los extranjeros en el proceso; sin embargo este principio se encontraba contemplado en la fuente convencional vigente en los arts. 3° y 4° del Protocolo de Cooperación y Asistencia Jurisdiccional en Materia Civil, Comercial, Laboral y Administrativa, Las Leñas y en el art. 17 de la Convención sobre Procedimiento Civil, La Haya "”que sirven de fuente a este artí­culo"”. Asimismo, el principio emana de diversos tratados de derechos humanos como de la propia Constitución Nacional.
Incluso algunos instrumentos contemplan este principio en materias especí­ficas: por ejemplo, art. 22 de la Convención de La Haya sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores; art. 14 de la Convención Interamericana sobre las Obligaciones Alimentarias; arts. 9.1 y 9.2 de la Convención de Naciones Unidas sobre Reconocimiento y Ejecución en el Extranjero de la Obligación de Prestar Alimentos, Nueva York, 1956.

Interpretacion COMENTADA al Art. 2610 (con jurisprudencia)

Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 2607 ] [ Art. 2608 ] [ Art. 2609 ] 2610 [ Art. 2611 ] [ Art. 2612 ] [ Art. 2613 ]
¿Qué artículos del Código de Velez se CORRELACIONAN con El ARTICULO 2610 del C.CyC?

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