Codigo Procesal Civil Bs As Comentado   >>  
- Art. 600 : - Los interdictos sólo podrán intentarse:
\n1) Para adquirir la posesión.
\n2) Para retener la posesión o tenencia.
\n3) Para recobrar la posesi... - Art. 601 : - Para que proceda el interdicto de adquirir se requerirá:
\n1) Que se presente título suficiente para adquirir la posesión con arreglo a derech... - Art. 602 : - Promovido el interdicto, el juez examinará el título y requerirá informes sobre las condiciones de dominio y gravámenes del bien. Si Lo halla...
 - Art. 603 : - Presentada la demanda, si el derecho fuere verosímil, podrá decretarse la anotación de litis en el Registro de la Propiedad.
\nCONCORDANCIAS: ... - Art. 604 : - Para que proceda el interdicto de retener se requerirá:
\n1) Que quien lo intentare se encuentre en la actual posesión o tenencia de un bien, mue... - Art. 605 : - La demanda se dirigirá contra quien el actor denunciare que lo perturba en la posesión o tenencia, sus sucesores o copartícipes y tramitará p...
 - Art. 606 : "” La prueba sólo podrá versar sobre el hecho de la posesión o tenencia invocada por el actor, la verdad o falsedad de los actos de perturbació...
 - Art. 607 : - Si la perturbación fuere inminente, el juez podrá disponer la medida de no innovar, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones a que se refiere...
 - Art. 608 : - Para que proceda el interdicto de recobrar se requerirá:
\n1) Que quien lo intente, o su causante, hubiere tenido la posesión actual o la tenenci... - Art. 609 : - La demanda se dirigirá contra el autor denunciado, sus sucesores universales o particulares de mala fe, copartícipes o beneficiarios del despoj...
 - Art. 610 : "” Cuando el derecho invocado fuere verosímil y pudieren derivar perjuicios si no decretare la restitución inmediata del bien, el juez, podrá ...
 - Art. 611 : Si durante el curso del interdicto de retener se produjera el despojo del demandante, la acción proseguirá como interdicto de recobrar, sin necesid...
 - Art. 612 : - El juez dictará sentencia, desestimando el interdicto o mandando restituir la posesión o la tenencia del bien al despojado.
\nCONCORDANCIAS: CPN,... - Art. 613 : - Cuando se hubiere comenzado una obra que afectare a un inmueble, su poseedor o tenedor podrá promover el interdicto de obra nueva. La acción se d...
 - Art. 614 : - La sentencia que admitiere la demanda dispondrá la suspensión definitiva de la obra o, en su caso, su destrucción y la restitución de las cosas...
 - Art. 615 : - Los interdictos de retener, de recobrar y de obra nueva no podrán promoverse después de transcurrido un año de producidos los hechos en que se f...
 - Art. 616 : - Las sentencias que se dictaren en los interdictos de adquirir, retener y recobrar
\nno impediran el ejercicio de las acciones reales que pudieren c... - Art. 617 : - Las acciones posesorias del Título III, Libro III del Código Civil, tramitarán por juicio sumario.
\nDeducida la acción posesoria o el interd... 
TÍTULO I
 Interdictos Y Acciones Posesorias
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