Codigo Civil y Comercial Argentina >>
- ARTICULO 454:Aplicación. Inderogabilidad. Las disposiciones de esta Sección se aplican, cualquiera sea el régimen matrimonial, y excepto que se disponga otra co...
- ARTICULO 455:Deber de contribución. Los cónyuges deben contribuir a su propio sostenimiento, el del hogar y el de los hijos comunes, en proporción a sus recurso...
- ARTICULO 456:Actos que requieren asentimiento. Ninguno de los cónyuges puede, sin el asentimiento del otro, disponer de los derechos sobre la vivienda familiar, n...
- ARTICULO 457:Requisitos del asentimiento. En todos los casos en que se requiere el asentimiento del cónyuge para el otorgamiento de un acto jurÃÂdico, aquél de...
- ARTICULO 458:Autorización judicial. Uno de los cónyuges puede ser autorizado judicialmente a otorgar un acto que requiera el asentimiento del otro, si éste estÃ...
- ARTICULO 459:Mandato entre cónyuges. Uno de los cónyuges puede dar poder al otro para representarlo en el ejercicio de las facultades que el régimen matrimonial...
- ARTICULO 460:Ausencia o impedimento. Si uno de los cónyuges está ausente o impedido transitoriamente de expresar su voluntad, el otro puede ser judicialmente aut...
- ARTICULO 461:Responsabilidad solidaria. Los cónyuges responden solidariamente por las obligaciones contraÃÂdas por uno de ellos para solventar las necesidades o...
- ARTICULO 462:Cosas muebles no registrables. Los actos de administración y disposición a tÃÂtulo oneroso de cosas muebles no registrables cuya tenencia ejerce i...
- ARTICULO 463:Carácter supletorio. A falta de opción hecha en la convención matrimonial, los cónyuges quedan sometidos desde la celebración del matrimonio al r...
- ARTICULO 464:Bienes propios. Son bienes propios de cada uno de los cónyuges:
a) los bienes de los cuales los cónyuges tienen la propiedad, otro derecho real o la... - ARTICULO 465:Bienes gananciales. Son bienes gananciales:
a) los creados, adquiridos por tÃÂtulo oneroso o comenzados a poseer durante la comunidad por uno u otro... - ARTICULO 466:Prueba del carácter propio o ganancial. Se presume, excepto prueba en contrario, que son gananciales todos los bienes existentes al momento de la ext...
- ARTICULO 467:Responsabilidad. Cada uno de los cónyuges responde frente a sus acreedores con todos sus bienes propios y los gananciales por él adquiridos.
Por los... - ARTICULO 468:Recompensa. El cónyuge cuya deuda personal fue solventada con fondos gananciales, debe recompensa a la comunidad; y ésta debe recompensa al cónyuge...
- ARTICULO 469:Bienes propios. Cada uno de los cónyuges tiene la libre administración y disposición de sus bienes propios, excepto lo dispuesto en el artÃÂculo ...
- ARTICULO 470:Bienes gananciales. La administración y disposición de los bienes gananciales corresponde al cónyuge que los ha adquirido.
Sin embargo, es necesari... - ARTICULO 471:Bienes adquiridos conjuntamente. La administración y disposición de los bienes adquiridos conjuntamente por los cónyuges corresponde en conjunto a ...
- ARTICULO 472:Ausencia de prueba. Se reputa que pertenecen a los dos cónyuges por mitades indivisas los bienes respecto de los cuales ninguno de ellos puede justif...
- ARTICULO 473:Fraude. Son inoponibles al otro cónyuge los actos otorgados por uno de ellos dentro de los lÃÂmites de sus facultades pero con el propósito de def...
- ARTICULO 474:Administración sin mandato expreso. Si uno de los cónyuges administra los bienes del otro sin mandato expreso, se aplican las normas del mandato o d...
- ARTICULO 475:Causas. La comunidad se extingue por:
a) la muerte comprobada o presunta de uno de los cónyuges; b) la anulación del matrimonio putativo; c) el divo... - ARTICULO 476:Muerte real y presunta. La comunidad se extingue por muerte de uno de los cónyuges. En el supuesto de presunción de fallecimiento, los efectos de la...
- ARTICULO 477:Separación judicial de bienes. La separación judicial de bienes puede ser solicitada por uno de los cónyuges:
a) si la mala administración del otr... - ARTICULO 478:Exclusión de la subrogación. La acción de separación de bienes no puede ser promovida por los acreedores del cónyuge por vÃÂa de subrogación.
... - ARTICULO 479: Medidas cautelares. En la acción de separación judicial de bienes se pueden solicitar las medidas previstas en el artÃÂculo 483.
I. R... - ARTICULO 480: Momento de la extinción. La anulación del matrimonio, el divorcio o la separación de bienes producen la extinción de la comunidad con efecto retr...
- ARTICULO 481:Reglas aplicables. Extinguido el régimen por muerte de uno de los cónyuges, o producido el fallecimiento, mientras subsiste la indivisión postcomun...
- ARTICULO 482:Reglas de administración. Si durante la indivisión postcomunitaria los ex cónyuges no acuerdan las reglas de administración y disposición de los ...
- ARTICULO 483:Medidas protectorias. En caso de que se vean afectados sus intereses, los partÃÂcipes pueden solicitar, además de las medidas que prevean los proce...
- ARTICULO 484:Uso de los bienes indivisos. Cada copartÃÂcipe puede usar y disfrutar de los bienes indivisos conforme a su destino, en la medida compatible con el ...
- ARTICULO 485:Frutos y rentas. Los frutos y rentas de los bienes indivisos acrecen a la indivisión. El copropietario que los percibe debe rendición de cuentas, y ...
- ARTICULO 486:Pasivo. En las relaciones con terceros acreedores, durante la indivisión postcomunitaria se aplican las normas de los artÃÂculos 461, 462 y 467 sin...
- ARTICULO 487:Efectos frente a los acreedores. La disolución del régimen no puede perjudicar los derechos de los acreedores anteriores sobre la integralidad del p...
- ARTICULO 488:Recompensas. Extinguida la comunidad, se procede a su liquidación.
A tal fin, se establece la cuenta de las recompensas que la comunidad debe a cada ... - ARTICULO 489:Cargas de la comunidad. Son a cargo de la comunidad:
a) las obligaciones contraÃÂdas durante la comunidad, no previstas en el artÃÂculo siguiente;... - ARTICULO 490:Obligaciones personales. Son obligaciones personales de los cónyuges:
a) las contraÃÂdas antes del comienzo de la comunidad; b) las que gravan las ... - ARTICULO 491:Casos de recompensas. La comunidad debe recompensa al cónyuge si se ha beneficiado en detrimento del patrimonio propio, y el cónyuge a la comunidad ...
- ARTICULO 492:Prueba. La prueba del derecho a recompensa incumbe a quien la invoca, y puede ser hecha por cualquier medio probatorio.
I. RELACIÓN CON E... - ARTICULO 493:Monto. El monto de la recompensa es igual al menor de los valores que representan la erogación y el provecho subsistente para el cónyuge o para la c...
- ARTICULO 494:Valuación de las recompensas. Los bienes que originan recompensas se valúan según su estado al dÃÂa de la disolución del régimen y según su va...
- ARTICULO 495:Liquidación. Efectuado el balance de las recompensas adeudadas por cada uno de los cónyuges a la comunidad y por ésta a aquél, el saldo en favor d...
- ARTICULO 505:Gestión de los bienes. En el régimen de separación de bienes, cada uno de los cónyuges conserva la libre administración y disposición de sus bie...
- ARTICULO 506:Prueba de la propiedad. Tanto respecto del otro cónyuge como de terceros, cada uno de los cónyuges puede demostrar la propiedad exclusiva de un bien...
- ARTICULO 507:Cese del régimen. Cesa la separación de bienes por la disolución del matrimonio y por la modificación del régimen convenido entre los cónyuges.
... - ARTICULO 508:Disolución del matrimonio. Disuelto el matrimonio, a falta de acuerdo entre los cónyuges separados de bienes o sus herederos, la partición de los b...
- ARTICULO 496:Derecho de pedirla. Disuelta la comunidad, la partición puede ser solicitada en todo tiempo, excepto disposición legal en contrario.
I. ... - ARTICULO 497:Masa partible. La masa común se integra con la suma de los activos gananciales lÃÂquidos de uno y otro cónyuge.
I. RELACIÓN CON EL CÃ... - ARTICULO 498:División. La masa común se divide por partes iguales entre los cónyuges, sin consideración al monto de los bienes propios ni a la contribución de...
- ARTICULO 499:Atribución preferencial. Uno de los cónyuges puede solicitar la atribución preferencial de los bienes amparados por la propiedad intelectual o artÃ...
- ARTICULO 500:Forma de la partición. El inventario y división de los bienes se hacen en la forma prescripta para la partición de las herencias.
I. RE... - ARTICULO 501:Gastos. Los gastos a que dé lugar el inventario y división de los bienes de la comunidad están a cargo de los cónyuges, o del supérstite y los he...
- ARTICULO 502:Responsabilidad posterior a la partición por deudas anteriores.
Después de la partición, cada uno de los cónyuges responde frente a sus acreedores... - ARTICULO 503:Liquidación de dos o más comunidades. Cuando se ejecute simultáneamente la liquidación de dos o más comunidades contraÃÂdas por una misma perso...
- ARTICULO 504:Bigamia. En caso de bigamia y buena fe del segundo cónyuge, el primero tiene derecho a la mitad de los gananciales hasta la disolución de su matrimo...
- ARTICULO 446:Objeto. Antes de la celebración del matrimonio los futuros cónyuges pueden hacer convenciones que tengan únicamente los objetos siguientes:
a) la d...
TITULO II
Régimen patrimonial del matrimonio
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